¿Qué es el territorio integral?
Es el territorio que debe reunir jurídicamente todas las formas de uso, posesión, manejo, acceso y administración que definen la relación socio – económica del pueblo indígena con su hábitat.El territorio debe ser continuo y contiguo, comprendiendo las formas estables o itinerantes de control territorial con la amplitud con que ese control se manifiesta en la realidad.El derecho territorial de los pueblos indígenas debe abarcar todos los elementos: superficie, subsuelo, vuelo forestal, aguas y cochas, fauna y flora, recursos genéticos, los diferentes ecosistemas, independientemente de su clasificación económica. Un territorio que se ofrece descompuesto en una serie de elementos jurídicamente diferenciados, con sistema de administración separados, con distinto órgano ejecutor, impide a un pueblo ejercer el necesario control cultural y económico.
¿Quién es el sujeto del derecho territorial?
El sujeto del derecho es el pueblo indígena y no ninguna de sus unidades funcionales (familias, grupos, comunidades, etc.) Las razones:
- El territorio indígena es transgeneracional, se vincula tanto a los antepasados como a las futuras generaciones
- El territorio es indisponible para cada generación viva, ninguna generación indígena puede asumir el derecho de vender o comprometer el territorio étnico. (Inalienabilidad e Inembargabilidad)
- El territorio es jurídicamente indivisible, constituye una unidad independientemente de las formas de propiedad, posesión o manejo económico interno que cada pueblo disponga
- El territorio es un derecho jurídicamente colectivo que compete a todo el pueblo sin afectar los derechos internos de cada uno de sus individuos
- Es un derecho estable y permanente en el tiempo lo que exige un respeto por parte de todos los particulares, sin que nadie pueda generar un derecho sobre un territorio indígena (imprescriptibilidad